4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. | UN | تمنح الدول اﻷطراف الرجل والمرأة نفس الحقوق فيما يتعلق بالتشريع المتصل بحركة اﻷشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. |
4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. | UN | تمنح الدول الأطراف الرجل والمرأة نفس الحقوق فيما يتعلق بالقانون المتصل بحركة الأشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. |
Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. | UN | تمنح الدول الأطراف الرجل والمرأة نفس الحقوق فيما يتعلق بالقانون المتصل بحركة الأشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. |
Los Estados partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio | UN | تمنح الدول الأطراف الرجل والمرأة نفس الحقوق فيما يتعلق بالقانون المتصل بحركة الأشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم |
4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. | UN | تمنح الدول الأطراف الرجل والمرأة نفس الحقوق فيما يتعلق بالقانون المتصل بحركة الأشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. |
Los Estados partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. | UN | تمنح الدول الأطراف الرجل والمرأة نفس الحقوق فيما يتعلق بالتشريع المتصل بحركة الأشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. |
" Los Estados partes reconocerán a la mujer la igualdad con el hombre ante la ley ... una capacidad jurídica idéntica a la del hombre ... reconocerán iguales derechos a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. " | UN | تعترف الدول الأطراف للمرأة بالمساواة مع الرجل أمام القانون وتمنحها نفس الأهلية القانونية التي تمنحها للرجل وتكفل لها حقوق مساوية لحقوق الرجل فيما يتصل بحركة الأشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. |
4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. | UN | 4- تمنح الدول الأطراف الرجل والمرأة نفس الحقوق من حيث القانون المتعلق بتنقل الأشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. |
4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. | UN | 4- تمنح الدول الأطراف الرجل والمرأة نفس الحقوق من حيث القانون المتعلق بتنقل الأشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. |
4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. | UN | 4- تمنح الدول الأطراف الرجل والمرأة نفس الحقوق من حيث القانون المتعلق بتنقل الأشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. |
El párrafo 4 de ese mismo artículo reconoce al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. | UN | الفقرة 4 من المادة 15 تمنح للرجل والمرأة نفس الحقوق فيما يتعلق بالقانون المتصل بحركة الأشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. |
4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. | UN | 4- تمنح الدول الأطراف الرجل والمرأة نفس الحقوق من حيث القانون المتعلق بتنقل الأشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. |
4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. | UN | ٤ - تمنح الدول اﻷطراف الرجل والمرأة نفس الحقوق فيما يتعلق بالقانون المتصل بحركة اﻷشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. |
4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. | UN | ٤ - تمنح الدول اﻷطراف الرجل والمرأة نفس الحقوق فيما يتعلق بالتشريع المتصل بحركة اﻷشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. " |
4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. " | UN | ٤ - تمنح الدول اﻷطراف الرجل والمرأة نفس الحقوق فيما يتعلق بالقانون المتصل بحركة اﻷشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. |
4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. " | UN | ٤ - تمنح الدول اﻷطراف الرجل والمرأة نفس الحقوق فيما يتعلق بالقانون المتصل بحركة اﻷشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. |
4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. | UN | ٤ - تمنح الدول اﻷطراف الرجل والمرأة نفس الحقوق فيما يتعلق بالتشريع المتصل بحركة اﻷشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. |
4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio.” | UN | ٤ - تمنح الدول اﻷطراف الرجل والمرأة الحقوق نفسها فيما يتعلق بالقانون المتصل بحركة اﻷشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. " |
4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio.” | UN | ٤ - تمنح الدول اﻷطراف الرجل والمراة نفس الحقوق فيما يتعلق بالقانون المتصل بحركة اﻷشخاص وحرية اختيار محل سكناهم وإقامتهم. |
4. Los Estados Partes reconocerán al hombre y a la mujer los mismos derechos con respecto a la legislación relativa al derecho de las personas a circular libremente y a la libertad para elegir su residencia y domicilio. | UN | 4 - تمنح الدول الأطراف الرجل والمرأة نفس الحقوق فيما يتعلق بالقانون المتصل بحركة الأشخاص وحرية محل سكانهم وإقامتهم. |